Contribuir con tu herencia o legado es un acto de generosidad que mantiene vivo tu compromiso
Incluyendo a ECOMAR en tu testamento. Puedes hacerlo de la manera que mejor se adapte a tus circunstancias personales y deseos, respetando la ley aplicable a cada caso y siempre teniendo en cuenta los derechos de los herederos legítimos que pueda haber.
Hacer testamento es un acto personal, sencillo y que te permite decidir sobre el futuro de tus bienes y derechos, asegurándote de que tu voluntad se cumplirá en el futuro.
Tel: (+34) 91 350 4485
e-mail: ecomar@fundacionecomar.org
¡GRACIAS!
Puedes nombrar a ECOMAR como heredera o coheredera o también como legataria de un bien en concreto (por ejemplo, una cantidad de dinero determinada, un inmueble, o derechos, como un porcentaje sobre un patrimonio, etc…).
Teniendo en cuenta la legislación aplicable a cada caso, es compatible nombrar en un testamento como beneficiarios a familiares, personas allegadas y otras entidades de manera conjunta.
En caso de decidir nombrar a ECOMAR en tu testamento, es importante incluir nuestros datos de identificación:
FUNDACIÓN ECOMAR
CIF: G-82293846
Domicilio social: C/ Montesa 16, bajo, 28006 Madrid
Te recomendamos que te asesores antes de otorgar testamento para aclarar todas las dudas o consultas que puedan surgirte, por eso es importante que acudas a tu notario para que se cumplan todos los requisitos legales y poder informarte adecuadamente.
Tel: (+34) 91 350 4485
e-mail: ecomar@fundacionecomar.org
¡Os esperamos!
¿POR QUÉ HACER TESTAMENTO?
Porque te permite decidir y planificar el destino de tus bienes y derechos, asegurándote de que tu voluntad se cumplirá en el futuro. Además, facilitas los trámites a tus herederos y legatarios, reduciendo los costes de la tramitación legal de la testamentaría.
Si tus circunstancias cambian, o simplemente cambias de idea, puedes modificar tu testamento todas las veces que sea necesario. El testamento vigente será el último otorgado.
¿QUÉ OCURRE SI NO HAGO TESTAMENTO?
Si el fallecido no otorgó testamento, la ley determina quienes son los herederos forzosos basados en el orden de parentesco. Y para el caso de no existir herederos forzosos, el heredero será el Estado.
¿A QUÉ IRA DESTINADA MI HERENCIA O LEGADO?
ECOMAR destina todos los bienes que recibe de las herencias y legados al desarrollo de sus actividades y funcionamiento. Nuestro lema «Cuida de los únicos dos sitios de los que no te podrás mudar jamás, tu cuerpo y tu planeta», en eso basamos todas nuestras actividades:
¿CÓMO CONOCE LA FUNDACION ECOMAR QUE ESTÁ NOMBRADA EN MI TESTAMENTO?
El Notario que haya otorgado el testamento tiene la obligación legal de informar a las entidades sin ánimo de lucro que están nombradas en el testamento en el momento que conoce del fallecimiento del testador.
Esta misma obligación tienen los albaceas y contadores-partidores elegidos por el testador.
En todo caso, para llevar a cabo la partición de una herencia todas las partes nombradas en ella, herederos y legatarios, tienen que ponerse de acuerdo previamente y actuar de manera conjunta.
ECOMAR no necesita que nos envíes copia de tu testamento pero, si lo haces, nos facilita la tramitación testamentaria llegado el momento. Trataremos tus datos con la mayor confidencialidad y garantizando el cumpliendo de la LOPD.
¿HAY OTRAS MANERAS DE COLABORAR?
Sí, puedes hacer una donación en vida de cualquier tipo de bien o derecho o incluir a ECOMAR como beneficiaria en un seguro de vida.
Queremos agradecerte la confianza depositada en nosotros y decirte que haremos cumplir tu voluntad con el mayor respeto y transparencia teniendo como único objetivo que tu compromiso llegue a todos nuestros beneficiarios.
Tienda sostenible de la Fundación Ecomar. Tú también puedes salvar el mar. Descartar